
LEY Nacional 8130 – Prestaciones médicas obligatorias a embarazadas
Descargar Memorándum

Descargar Memorándum

Subsistema no contributivo de Asignación Universal por Hijo para Protección
Social, destinado a aquellos niños, niñas y adolescentes residentes en la República
Argentina, que no tengan otra asignación familiar prevista por la presente ley y
pertenezcan a grupos familiares que se encuentren desocupados o se desempeñen en la
economía informal

Que el artículo 16 de la Ley de Educación Nacional prevé que “el MINISTERIO DE EDUCACIÓN de la NACIÓN y las autoridades jurisdiccionales competentes asegurarán el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad equivalente en todo el país y en todas las situaciones sociales”

Aprobar el documento “Lineamientos políticos y estratégicos
de la educación secundaria obligatoria”, que figura en el anexo de la resolución.

Aprobar para la discusión, conforme lo establece el artículo 10° de la
Resolución 1-CFE-2007, el documento: “INSTITUCIONALIDAD Y
FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA –
Planes Jurisdiccionales y Planes de mejora institucional” que figura en anexo.

Regulación Servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la Republica Argentina.

Aprobar el Plan Nacional de Educación Obligatoria

Ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Apruébase la Convención sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante resolución de la
Asamblea General de Naciones Unidas A/ RES/ 61/ 106, el día 13 de diciembre de
2006. Ambos instrumentos jurídicos forman parte del presente como “Anexo 1” y
“Anexo 2” respectivamente.